Politización de lo militar y militarización de lo político.

Cada día estoy más convencido de que el principio fundamental a ser implementado para la existencia de un Estado de Derecho material, realmente efectivo, que trascienda la mera consagración legislativa de derechos, principios, garantías y obligaciones, es la separación e independencia de las ramas del poder público.  Esta es la columna vertebral, la piedra angular en que se sostiene el Estado de Derecho. Así como el respeto a los derechos humanos debe orientar la actuación del Estado, y la supremacía constitucional da coherencia al sistema jurídico venezolano, la existencia de organismos públicos independientes y autónomos es la única vía de realmente garantizar que en efecto los actos del Estado estén orientados por ese respeto a  los derechos humanos y que las disposiciones constitucionales siempre prevalezcan. Todo derecho y toda disposición constitucional es simple polvo sin que los ciudadanos cuenten con la seguridad y tranquilidad de saber que ninguna autoridad pública está enteramente sometida a otra, y que éstas pueden actuar conforme a Derecho sin presiones sobre sí.

Y qué graves problemas tiene un país cuando esa separación de poderes no existe en la realidad. Se supone que en nuestro genialmente diseñado Estado de Derecho eso no es un problema. Es más, para demostrar lo bien que funcionaría, decidimos ponerle dos ramas más al poder público. No sólo podemos manejar tres, sino que tenemos hasta cinco ramas, para que las funciones estatales estén más repartidas y cuenten con mayor autonomía. ¡Qué vergatarios somos!

Entonces, nuestro poder judicial se supone que debe ser un ejemplo a seguir, que como un paladín de autonomía debería barrer todo acto del ejecutivo y el legislativo que afecte la Constitución. Para lograr eso, la Carta Magna en su artículo 335 le dio al Tribunal Supremo de Justicia la cualidad de ‘’máximo y último intérprete de la Constitución’’, incluso dándole a las interpretaciones de su Sala Constitucional el carácter de vinculantes para las otras Salas del Tribunal Supremo de Justicia y demás tribunales de la República.

Pero resulta que no tenemos mecanismos que permitan garantizar la autonomía e independencia de las distintas autoridades del poder público, y al no tenerlos, y como era de esperarse en un país subdesarrollado como el nuestro -sin cultura de institucionalidad y respeto a las normas, y con una enorme y arraigada cultura de caudillos y mandamases -, el Estado de Derecho se fue por la cañería (con el permiso del difunto George Carlin, quien me preguntaría, ¿qué cañería?), por lo que quince años después de gestar esa hermosa Constitución con esos hermosos principios, los que la idearon todavía nos gobiernan y tienen un poder absoluto e ilimitado sobre todo el país.

Y de paso, no sólo no se previó (o mejor dicho, no se quiso prever) la posibilidad de que el colapso del Estado de Derecho ocurriera, sino que nos encargamos de crear una Súper-sala Constitucional con amplísimas facultades, que en el caso de perder su autonomía -como en efecto la perdió- caería -como en efecto cayó- en las manos de un poder ejecutivo que ahora es un Leviatán que puede hacer lo que le dé la gana, porque no sólo dicta sus actos sino que también los controla.

La más reciente muestra de esta terrible situación en que vive el Estado de Derecho se dio hace unos días, cuando la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia dictó una sentencia que, en pocas palabras, les da permiso a los miembros de la fuerza armada a tomar parte en actos de proselitismo político y dejar de lado su constitucional profesionalismo. Asqueroso, vergonzoso e inconstitucional.

¿Por qué digo su constitucional profesionalismo, y por qué me merece tal opinión la referida decisión judicial? Pues porque la norma máxima expresamente indica en su artículo 328 que ‘’(l)a Fuerza Armada Nacional constituye una institución esencialmente profesional, sin militancia política (…)’’, y que ‘’(…)(e)n el cumplimiento de sus funciones, está al servicio exclusivo de la Nación y en ningún caso al de persona o parcialidad política alguna’’. Y si bien la Constitución (artículo 330) sí que les reconoce a los miembros de los cuerpos militares el ejercicio de un derecho político, es clara la intención del constituyente de restringirles a los militares el ejercicio de los demás derechos de esta naturaleza mientras estén activos, al prohibirles expresamente (mismo artículo) el sufragio pasivo -o sea optar a cargos de elección popular-, y la participación en actos de propaganda, militancia o proselitismo político.

Habiendo aclarado esto, quiero hacerles una breve descripción del contenido de la sentencia, sin entrar en tecnicismos jurídicos para no poner la cosa demasiado aburrida a los no entendidos en la materia. Básicamente, la Sala Constitucional afirma que las consignas ‘’Patria, socialismo o muerte’’,  ‘’Chávez vive’’,  y todas las de ese estilo que los militares venezolanos profieren por orden directa del Ministro de Defensa, así como la realización de actos de proselitismo a favor del partido de gobierno y la pública utilización de símbolos extranjeros (cubanos específicamente), no violan norma alguna. La Sala dice que todas esas actuaciones denunciadas no son más que saludos o consignas militares, normales en cualquier ejército del mundo, siendo símbolos profesionales e institucionales de respeto a la superioridad jerárquica y de sentimiento patriótico que no implican fines de propaganda o de proselitismo político.

Es más, nuestros indignos magistrados también tienen el descaro de llegar a afirmar que es perfectamente constitucional y correcto que los miembros de las fuerzas armadas participen libremente en actos y en cualquier asunto político -a pesar de que la carta magna, como ya dije, claramente limita el ejercicio de sus derechos políticos únicamente al sufragio activo-, incluso calificando tal participación de ‘’baluarte de participación democrática y protagónica’’.

Esta abominación la produjo el máximo tribunal hace ya casi dos semanas, y sin embargo apenas ahora va siendo noticia en los principales medios de comunicación, y una noticia de relativamente poca importancia para ellos, sin ocupar primeras planas. Precisamente yo me estoy refiriendo a ella justo hoy porque me voy enterando, y considero que la gravedad del asunto no se presta para minimizar su impacto, por lo que cumplo con lo que siento es mi deber moral de difundir la terrible novedad mediante esta publicación. Y es que esta decisión de la Sala Constitucional abre caminos a que se normalice y se amplíe aún más la politización de lo militar y la militarización de lo político, y créanme, lo que menos necesitamos es que nuestras ya prostituidas, degradadas y criminales fuerzas armadas se conviertan en una especie de SS a la usanza del III Reich.

A quien le interese, aquí dejo el vínculo a la decisión de la Sala Constitucional tratada en este post: http://www.tsj.gov.ve/decisiones/scon/junio/165491-651-11614-2014-14-0313.HTML


José Alberto Vargas La Roche.

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